domingo, 22 de abril de 2012

derechos de los discapacitados /profe/pami/obras sociales-

derechos de los discapacitados /profe/pami/obras sociales- para los que tienen certificado...---Cobertura de saludPrestaciones básicas¿A qué está obligada su cobertura de salud?Las obras sociales, tanto las sindicales como las provinciales (adheridas al sistema), la Medicina Prepaga, el PROFE (*1), el PAMI (*2) y el Estado, están obligadas a otorgar cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la Ley 24.901. Nota: las obras sociales provinciales que no estén adheridas al sistema no están obligadas por la ley 24.901; sin embargo, se encuentran obligadas a otorgar cobertura total e integral debido a que, en caso contrario, los derechos fundamentales constitucionales se verían violados.¿Qué abarca la cobertura?Prestaciones preventivas (que incluyen todo tipo de tratamientos, controles, exámenes necesarios para prevenir o detectar tempranamente cualquier tipo de discapacidad, desde el momento de la concepción).Apoyo psicológico adecuado al grupo familiar.Prestaciones de rehabilitación (cobertura integral de los recursos humanos, metodologías y técnicas necesarias, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera).Prestaciones terapéuticas educativas (cobertura integral de técnicas y metodologías de ámbito terapéutico-pedagógico y recreativo).Prestaciones educativas (comprende escolaridad en todos sus tipos, capacitación laboral, talleres de formación laboral y otros).Prestaciones asistenciales (requerimientos básicos esenciales de la persona con discapacidad -hábitat, alimentación, atención especializada- a los que se accede de acuerdo con la situación socio-familiar del demandante).Transporte especial, con el auxilio de terceros cuando fuere necesario.Provisión de órtesis, prótesis, ayudas técnicas y otros aparatos ortopédicos.Atención odontológica integral.Cobertura de un anestesista cuando fuere necesario.Atención psiquiátrica.Medicamentos y psicofármacos, incluso los que no se producen en el país.Otros.Todo tipo de prestación básica que necesite una persona con discapacidad debe ser obligatoriamente provisto por la cobertura de salud.Cualquier limitación temporal o en cuanto al monto, por parte de la cobertura de salud, es contraria al espíritu de la ley (opinión compartida por la Superintendencia de Servicios de Salud).Lo único que se necesita es:Acreditar el tipo de discapacidad con el Certificado de Discapacidad (previsto en la Ley 22.431).Tener un certificado con la prescripción médica que dé cuenta de la necesidad con relación a la discapacidad.¿Cómo solicitar las prestaciones?Para solicitar las prestaciones que correspondan, deberá realizar siempre sus pedidos por nota dirigida al titular de la obra social, su prepaga o a la repartición pública, según corresponda.Esta nota deberá contener:1) Datos del solicitante.2) Nº de beneficiario.3) Motivo de la solicitud.4) Fotocopia del Certificado de Discapacidad y original de la prescripción médica (que debe adjuntarse a la nota).Debe hacer una copia de esta nota y pedir que se la firmen y sellen. Es importante que la guarde, ya que, en caso de no recibir respuesta, esta copia sellada y firmada le servirá para futuros reclamos. En el Anexo I-A, encontrará un modelo de nota que puede resultarle útil.¿Qué hacer si su cobertura no cumple con lo que la ley establece?Debe realizar los reclamos por escrito a las entidades que correspondan, en el Anexo I-B encontrará un modelo de nota que puede resultarle útil.Ante cualquier duda o reiteración de pedido, debe hacer la denuncia ante la Superintendencia de Servicios de Salud.Dirección: Roque Sáenz Peña 530 PB.Teléfonos: 4344-2800 o gratuitamente: 0800-222-7258.Horario de atención: de 10 a 16 hs.Página web: www.sssalud.gov.arEn el caso de que se trate de incumplimientos por parte de su Medicina Prepaga (Ley Nº 24.754), como estos organismos no están regulados por la Superintendencia de Servicios de Salud, le sugerimos hacer la denuncia tanto en la Defensoría del Pueblo como en Defensa al Consumidor.Defensoría del Pueblo de la CiudadDirección: Venezuela 842.Teléfono: 4338-4900.Horario de atención: lunes a viernes de 10 a 18 hsPágina Web: www.defensoria.org.arDefensa y Protección al Consumidor del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos AiresTeléfono: 0800-666-1518.Horarios de atención: lunes a viernes de 9 a 14 horas, y sábados de 9 a 13 horas.Correo electrónico: defensa@buenosaires.gov.arPágina Web: www.mecon.gov.ar/secdefTambién se atiende en los CGPC de la Ciudad, en el horario de 9 a 15 horas. En elAnexo II encontrará el listado de los CGPC.Si su cobertura no cumple con aquellos derechos que por ley le corresponden y ya ha agotado todas las vías administrativas, le sugerimos que inicie un patrocinio jurídico.En esta guía hay un apartado de legales que incluye patrocinio gratuito.Aclaraciones(*1) PROFE: es un programa que le da acceso a las prestaciones enunciadas en la Ley 24.901. Tiene como requisito ser beneficiario de una pensión no contributiva. Los requisitos para obtener la pensión los va a encontrar en el apartado de Jubilaciones y Pensiones en esta guía.PROFE: Programa Federal de SaludMinisterio de Salud de la Nación.Dirección: Tacuarí 371.Teléfonos: 4379-4802 / 4882 // 4342-4810 o gratuitamente:0800-333-7763.Página Web: www.msal.gov.ar(*2) PAMI. Instituto Nacional de Servicios Sociales para los Jubilados y PensionadosTeléfono: 0800-222-7264Página Web: www.pami.org.arSalud¿Qué recursos en salud, específicos para personas con discapacidad, encuentra en la Ciudad?Rehabilitación motorao Hospital Manuel RoccaDirección: Segurola 1949.Teléfonos: 4630-4700 / 4800.Especialidades médicas adultos y niños:FisiatríaKinesiología y terapia físicaTerapia ocupacionalFoniatríaElectroneurofisiologíaCirugía plásticaUrologíaRehabilitación odontológicao Instituto de Rehabilitación Psicofísica (I.R.E.P.)Dirección: Echeverría 955.Teléfonos: 4787-9347 // 4781-6071/ 72 / 73 / 74.Especialidades médicas adultos y niños:Medicina física y rehabilitación (Fisiatría)Odontología en rehabilitaciónOrtopediaClínica médica en rehabilitación UrologíaCirugía plásticaReumatologíaTalleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica Laboralo Dirección Gral. de Salud Mental. Sede CentralDirección: Suárez 2215.Teléfono: 4302-7106.Horario de atención: lunes a viernes 7.30 a 12.30 horas.Correo electrónico: tprps_ayacuzio@buenosaires.gov.arEspecialidades: Rehabilitación psiquiátricaTaller protegido terapéuticoTratamiento ambulatorioRequisitos para el ingreso:Derivación del profesional tratante.Paciente compensado psiquiátricamente.Entrevista preadmisión / Entrevista admisión.OdontologíaHospital Ramos Mejia Atención a pacientes con riesgo medico - discapacidad motora - pacientes con Fisura labioalveolopalatina. Niños y adultos Hospital DurandAtención a pacientes con discapacidad motora – discapacidad sensorial –síndromes genéticos con retardo mental leve Hospital Piñero - FLAP Cirugía maxilofacial Atención a pacientes con discapacidad mental (leves)-Hospital Tobar Garcia Atención a pacientes con discapacidad mental hasta 18 años.Hospital Zubizarreta - CirugíaAtención a pacintes con discapacidad sensorial - discapacidad mental leve (psiquiátricos).Hospital Lagleize - Odontologia general Atención a pacientes con discapacidad visual Hospital Santa Lucia Atención a pacientes con discapacidad visual Servicio de atención abierto a la comunidad Unidad de Pacientes Especiales del Hospital de Odontología Infantil Don Benito Quinquela Martín del GCBA, que atiende niños de hasta 15 años de edad.Dirección: Pedro de Mendoza 1795.Teléfono: 4301-4870.Unidad a cargo de la Dra. Gabriela Scagnet.Servicio de Odontología del Instituto de Rehabilitación Psicofísica.Atención de pacientes con patologías neuromotoras que se tratan integralmente e interdisciplinariamente en la institución.Dirección: Echeverría 955.Teléfono: 4784-1225.Jefa de Odontología: Dra. Teresita Ferrary.Servicio de Odontología del Hospital Infantojuvenil Carolina Tobar García. Atención de pacientes con patologías mentales que están en atención interdisciplinaria en el Hospital. Dirección: Ramón Carrillo 315.Teléfono: 4305-6108.Jefe de Odontología: Dr. Rodolfo Secreto Dispositivos de Salud MentalDispositivos en funcionamiento por Hospitales y Centros de Salud Mental.Dispositivos de atención para Niños y Adolescentes:o Hospital Carolina Tobar García Dirección: Doctor Ramón Carrillo 315. Teléfono: 4304-2692.Servicios:Hospital de Día: turno mañana y tarde.Estimulación Temprana.Consultorios Externos con talleres.Programa Cuidar Cuidando.Servicio de Rehabilitación.Servicio de Internación cuando se presenten cuadros de descompensación y no se pueda contener desde los otros dispositivos.Servicio de Neurología que trabaja en equipo con los otros profesionales intervinientes de los diferentes dispositivos.Dispositivo de Comunicación Facilitada.Psicopedagogía.Fonoaudiología.Programa de Emprendimientos Sociales.o Hospital de Niños Dr. Pedro ElizaldeDirección: Av. Montes de Oca 40.Teléfonos: 4363-2100 al 2200.Servicios:Estimulación Temprana.Consultorios Externos.Psicopedagogía.Terapia Asistida con Animales.Atención Integral con grupos de niños, adolescentes y padres para pacientes con TGD.Vivero y Huerta.Musicoterapia.Equipo de Guardia de Salud Mental.o Hospital de Niños Dr. Ricardo Gutierrez.Dirección: Sánchez de Bustamante 1399.Teléfonos: 4962-9212 / 64 / 80.Servicios: Dispositivo para niños con trastornos graves del desarrollo.Equipo de Psicopedagogía.Equipo de Musicoterapia.Hospital de Día.Consultorios Externos.Equipo de Guardia de Salud Mental.o Centro de Salud Mental Nro. 1 Dr. Hugo RosariosDirección: Manuela Pedraza 1558.Teléfono: 4702-7489.Servicios:Hospital de Día “La Cigarra”.Consultorios Externos.Psicopedagogía.Musicoterapia.Programa de Atención Comunitaria de Trastornos Mentales Severos en Niños.o Centro de Salud Mental Nº 3 Dr. Arturo AmeghinoDirección: Av. Córdoba 3120.Teléfono: 4862-2896.Servicios:Consultorios Externos.Psicopedagogía.Fonoaudiología.Estimulación Temprana.Talleres para Niños con Trastornos Mentales Severos.o Hospital General de Agudos Dr. Teodoro ÁlvarezDirección: Doctor Juan Felipe Aranguren 2701.Teléfono: 4613-6486.Servicios:Consultorios Externos.Estimulación Temprana.Psicopedagogía.Equipo para la Atención de Niños con Trastornos Graves del Desarrollo.o Hospital General de Agudos Dr. Carlos DurandDirección: Av. Díaz Vélez 5044.Teléfonos: 4982-5555/5556.Servicios:Consultorios Externos.Equipo de Atención para Trastornos Generalizados del Desarrollo infantil.Psicopedagogía.o Hospital General de Agudos Dr. José PennaDirección: Av. Almafuerte 406.Teléfonos: 4911-3030/2762/0517/5555.Servicios:Consultorio Externos.Psicopedagogía.Equipo para la Atención de Trastornos Mentales Severos para Adolescentes.Dispositivos de atención para Adultos:Se detallan a continuación los hospitales que cuentan con el dispositivo de hospital de día: o Hospital Dr. Braulio MoyanoDirección: Brandsen 2570.Teléfonos: 4301-3655/59.o Hospital Dr. José T. BordaDirección: Doctor Ramón Carrillo 375.Teléfonos: 4305-6485/5548.o Hospital General de Agudos Dr. Teodoro AlvarezDirección: Juan Felipe Aranguren 2701.Teléfono: 4613-6486.o Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de AlvearDirección: Warnes 2630.Teléfonos: 45210273/0090/0983.o Hospital General de Agudos Dr. Enrrique TornúDirección: Ex Combatientes de Malvinas 3002.Teléfono: 4521-8700.o Centro de Salud Mental Nº 1 Dr. Hugo RosariosDirección: Manuela Pedraza 1558.Teléfono: 4702-7489.o Centro de Salud Mental Nº 3 Dr. Arturo AmeghinoDirección: Av. Córdoba 3120.Teléfono: 4862-2896. Curatela¿Qué es la curatela?La curatela es la representación legal que se da a los mayores de edad (21 años) que tienen incapacidad mental. En ocasiones, puede pedirse a partir de los 14 años.Tiene también una función de asistencia para aquellas personas a las que se las considera inhabilitadas.¿Cuál es su finalidad?La finalidad, por una parte, es preservar la salud de la persona, quedando el cuidado de ésta a cargo del curador. En segundo término, tiende a evitar que, por su incapacidad o por la explotación de terceros, sean perjudicados en su patrimonio.¿Quiénes pueden iniciar el trámite?El cónyuge.Otros parientes.El Ministerio Público.¿Cómo se realiza el trámite?Para obtener la curatela sobre una persona hay dos vías procesales posibles, que van a depender del grado de incapacidad que tenga la persona en cuestión, estas son:InsaniaConforme al art. 141 del Código Civil, se declaran incapaces o insanos aquellas personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes.La consecuencia de dicha declaración es que la persona queda equiparada a un menor de edad en cuanto a su persona y a sus bienes (quiere decir que no puede votar, no puede casarse, no puede presentarse por derecho propio en juicio ni administrar sus bienes, etc.).InhabilitaciónConforme al art. 152 bis del Código Civil, podrán declararse inhabilitados judicialmente a quienes por embriaguez habitual o uso de estupefacientes estén expuestos a realizar actos jurídicos perjudiciales a su persona o patrimonio, así como aquellos que, encontrándose disminuidos en sus facultades (pero sin llegar al supuesto de incapacidad), el juez estime que del ejercicio de su plena capacidad pueda resultar un daño a su persona o patrimonio.La consecuencia de esta declaración de inhabilitación es que la persona en cuestión no podrá disponer libremente de sus bienes sin la conformidad previa del curador que se le haya designado. Sin embargo, conserva toda su capacidad en lo que respecta a su persona.¿Quién puede ser curador?Si la persona es casada, suele ser designado curador su cónyuge. Si no hay cónyuge, se designa al hijo que resulte más apto para esa función. Si no hay hijo, se preferirá al padre o a la madre. De no haber, se designará a otros parientes. De no haberlos, el juez designará un curador de oficio.¿Para qué hay que realizar este trámite?Al cumplirse los 21 años de edad, cesa la patria potestad que ejercen los padres sobre sus hijos y, de esta manera, aquellos dejan de ser sus representantes legales.La persona con discapacidad mental queda desprotegida, tanto su persona como su patrimonio, si no está hecha la curatela. Esto implica que, si la persona tiene bienes a su nombre, no hay nadie que pueda administrarlos ni venderlos. En el caso de que fuera necesario realizar cualquier tipo de acto o incluso interponer una demanda judicial a nombre de la persona con discapacidad, tampoco existiría una persona que pudiera representarla.Asimismo, si la persona recibe algún tipo de pensión, se puede llegar a requerir un curador a fin de que pueda percibirla a su nombre.La falta de representación legal sobre una persona con discapacidad mental puede ocasionar diversos inconvenientes con las Obras Sociales, las cuales generalmente solicitan el trámite de la curatela como condición para mantener la afiliación

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